¿Puedo fotografiar el comprobante de mi voto?

Gráficas Cortesía

En Venezuela es muy común que las personas luego de ejercer su derecho al voto, fotografíen el comprobante y lo compartan en sus redes sociales para dar fe de su elección, acción que está totalmente prohibida en el Reglamento General de Procesos Electorales.

En este reglamento publicado en Gaceta Oficial No 15 en febrero del 2013, expresa en su artículo 292 que “Ninguna electora o elector podrá utilizar en el acto de votación equipo fotográfico, celular, de video o cualquier otro equipo electrónico audiovisual”.

¿A qué se debe esta prohibición?

La Constitución establece en su artículo 63 que el sufragio se ejerce mediante votaciones libres, universales, directas y secretas, lo que indica que los venezolanos deben votar de manera autónoma, sin presiones ni condiciones políticas.

En un articulo publicado por Acceso a la Justicia, se explica que “El acto de votación es un momento reservado de cada elector; es un acto íntimo, es parte de su privacidad. Se trata de un acto de conciencia. Por ello, no está sujeto a publicidad y no pueden personas ajenas tener injerencia alguna en ese acto libre”.

Es recomendable que el día de las elecciones asistas a tu centro electoral sin teléfono celular u otro aparato tecnológico. Acude con tu cédula de identidad y cumple con tu derecho como venezolano y deber como ciudadano.

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